El Diputado del Común es nombrado por el Parlamento de Canarias, tras ser elegido por, al menos, tres quintas partes de sus miembros. Su mandato es de cinco años , pudiendo ser reelegido. Supervisa la actuación de las administraciones públicas canarias en nombre de la Cámara, a la que informa de sus actuaciones.
Es una Institución absolutamente independiente, que no recibe instrucción ni mandato de nadie. Actúa con objetividad y libertad de criterio en defensa de los derechos de las personas, y en el desempeño de sus funciones goza de inviolabilidad.