Una vez admitida la queja a trámite el Diputado del Común lo comunica a las personas que la promueven y a las Administraciones Públicas relacionadas con la misma, solicitando los informes y ampliaciones de datos que considere precisos para esclarecer los hechos. Las autoridades y funcionarios vienen obligados a colaborar con el Diputado del Común con carácter preferente y urgente, pudiendo, en caso contrario, incurrir en responsabilidad.
El Diputado del Común informará al reclamante del resultado de sus investigaciones. En el supuesto que entienda que se ha producido una actuación injusta de la Administración, formulará a éste recomendaciones o recordatorios de deberes legales. También podrá sugerir el cambio de una norma que, a su juicio, produzca violaciones o limitaciones injustificadas de los derechos fundamentales de la ciudadanía.
La identidad del reclamante se mantendrá en secreto, salvo que sea preciso su conocimiento para investigar y resolver la queja.