¿CÓMO ACTÚA?
 

Estudia las quejas presentadas, y recaba del organismo o dependencia administrativa afectada la remisión del informe que proceda. Una vez investigada la reclamación, el Diputado del Común puede remitir a la Administración Pública afectada Sugerencias, Advertencias, Recomen-daciones y Recordatorios de deberes legales.

No es un juez, ni tiene poder ejecutivo sobre las administraciones públicas. Por tanto no dicta sentencias, no impone sanciones, ni puede suspender las actuaciones administrativas objeto de queja. Tiene, en cambio, facultad de investigación y facultad de denuncia.

Informa al Parlamento de Canarias sobre su actividad anual en un informe que presenta ante el Pleno de la Cámara autonómica. En este documento recoge las quejas recibidas, las actuaciones que ha emprendido para su resolución, la respuesta que ha obtenido de las administraciones públicas y las medidas sugeridas.

Puede elaborar Informes Extraordinarios referidos a asuntos de especial gravedad o trascendencia.

Las administraciones públicas canarias están obligadas a auxiliar con carácter urgente y preferente al Diputado del Común en el cumplimiento de sus funciones.

La actuación del Diputado del Común es Gratuita y Confidencial. No precisa la intervención de abogado, procurador o gestor.

 

   
  Atrás