¿Qué puede hacer por mí
el
Diputado del Común?
La actuación del Diputado del Común es GRATUITA y CONFIDENCIAL. No precisa la intervención de abogado, procurador o gestor. Las administraciones públicas canarias están obligadas a auxiliar con carácter urgente y preferente al Diputado del Común en el cumplimiento de sus funciones.

Lo que SÍ puede hacer
- Puede
investigar cualquier actuación de las administraciones
públicas canarias que vulnere los derechos de las personas,
como por ejemplo:
- Retraso indebido en la actuación administrativa
- Error o arbitrariedad en la aplicación de las normas
- Silencio administrativo ante las peticiones ciudadanas
- Trato incorrecto al ciudadano
- Negativa injustificada a facilitar información
- Inejecución de las propias resoluciones adoptadas
- Tiene facultad de investigación y facultad de denuncia.

Lo que NO puede hacer
- No puede intervenir en conflictos de intereses entre particulares, en asuntos que se encuentren pendientes de resolución judicial o sobre los que haya recaído sentencia.
- No puede admitir quejas que se presenten de forma anónima, infundada o con mala fe.
- No es un juez, ni tiene poder ejecutivo sobre las administraciones públicas. Por tanto no dicta sentencias, no impone sanciones, ni puede suspender las actuaciones administrativas objeto de queja.
¿Cómo actúa el Diputado del Común?
Además de la investigación y resolución de las quejas presentadas por los ciudadanos, el Diputado del Común:
- Informa al Parlamento de Canarias sobre su actividad anual en un informe que presenta ante el Pleno de la Cámara autonómica. En este documento recoge las quejas recibidas, las actuaciones que ha emprendido para su resolución, la respuesta que ha obtenido de las administraciones públicas y las medidas sugeridas.
- Puede elaborar Informes Extraordinarios referidos a asuntos de especial gravedad o trascendencia.









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