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Soy una madre separada. Mi hijo de 15 años vive con su padre, quien tiene la custodia. Hace dos dias me llamo deseperado, pues ahora quiere vivir conmigo. Tiene problemas en el instituto (debe sufrir alguna forma de acoso, pues dice que le miran mal y no quiere ir a clase). me gustaría saber si hay alguna forma rápida y legal para que viva conmigo (estoy en la península) y poder salvar el curso, pues su padre no se ocupa adecuadamente de él. No recoge las notas de su hijo, ni se entrevista con sus profesores. Le dejé preparada la documentación en el Proyecto Blanco para arreglarse la dentadura en el 2008 y no ha hecho nada. He ido al instituto, a Asuntos Sociales y no me dan ninguna solución. El niño ha sido siempre un buen estudiante y quiere abandonar los estudios. Ha tenido muchisimas faltas en curso pasado y este yel padre se las justifica. No quiero que se pierda y abandona los estudios. ¿Que puedo hacer?. Necesito respuestas ya, antes de que sea demasiado tarde.
Gracias anticipadas.
Enviada por
Anónimo
(Tenerife)
el 02/02/2012
Estimada señora:
Puede usted acudir, ante la autoridad judicial, para la obtención de la guarda y custodia de su hijo. Si estima que se está produciendo una conducta delictiva puede acudir a Fiscalía de menores. Si considera que, el centro escolar donde cursa estudios el menor o los servicios sociales del ayuntamiento donde reside, no han actuado con la diligencia debida, puede presentar una queja ante el Diputado del Común. El escrito de reclamación deberá exponer el caso, con la situación y su demanda, indicando sus datos personales y domicilio. Podrá adjuntar toda la documentación que estime se relaciona con el asunto planteado en la queja. Estas actuaciones serán gratuitas y no será preceptiva la asistencia de Abogado ni de Procurador. Existe la posibilidad de hacerlo por Internet en la web del Diputado del Común.
Buenos días, querría consultar si no existe posibilidad de efectuar una modificación en la ley vigente sobre la capacidad que tienen las empresas de suministro de agua y luz de efectuar los cortes. Yo entiendo que si no se paga, se corte, pero me parece injusto, excesivo e inhumano que por ejemplo en mi caso, por una factura de 32 euros se me corte el suministro de agua, con familia numerosa, con niños de 6 y 12 años. Si no dispongo de agua, dejo morir a mis hijos deshidratados hasta que pague la factura?, con qué hacer la comida?. Con la energía eléctrica lo mismo, corte de luz por una factura de 40 euros, que me hago con una nevera llena de productos perecederos que comienzan a descongelarse?. Debería establecerse unos baremos para efectuar esos cortes, unos límites de deuda, algo similar, en el caso del agua, estamos hablando de un bien necesario e imprescindible para la vida, porqué no terminan cobrándonos por el aire que respiramos? y si hay una factura pendiente, pues nos tapan la nariz???. Le agradezco su tiempo en leer mi texto pero me he visto muy necesitado y con muchos problemas por importes pequeños de estas empresas. No me preocupa tanto el teléfono que sucede lo mismo, pero es un servicio del que se puede prescindir en la casa. Gracias nuevamente por su atención.
Juan Bernal Rodríguez. 42,062.785-V
Enviada por
Anónimo
(Tenerife)
el 10/01/2012
En principio, la contratación de estos suministros es con empresas privadas, y se trata de una relación jurídico-privada donde el Diputado del Común no puede supervisar, sugerir o investigar. Ahora bien, el consultante puede dirigirse a las Oficinas Municipales o Insulares de Información al Consumidor, (pertenecen a la Administración), por entender que se vulneran sus derechos, y en función de su respuesta o falta de ella, si podríamos intervenir, presentando una queja en nuestras oficinas.
Buenas tardes, esta es la consulta:
mi hijo de 15 años ficho esta temporada por un club de futbol federado, pagando yo los gastos de toda la temporada en los 3 primeros meses como exige el club, pues bien recientemente cambio de entrenador y el actual no cuenta con el chico, pedimos a el club la carta de libertad y se niegan quedando retenido y sin posibilidades de ir a otro club en el que pueda participar en los partidos.
¿esto es legal tratandose de un menor?
¿que podemos hacer?
Enviada por
Anónimo
(Tenerife)
el 29/12/2011
Tratándose de un menor, todos los compromisos que adquiere tienen que haber sido suscritos por su padre, madre o tutor. Según el Reglamento General Deportivo de la Federación Canaria de Fútbol, ( artículo 57) a los futbolistas con licencia “C”, ( Cadetes), se les acaba el compromiso cuando finaliza la temporada, menos en la última, si el Club tiene equipo en categoría juvenil. La excepción es que el Club conceda la baja, o se llegue a un acuerdo escrito y firmado por el Club y por el padre, la madre o tutor del futbolista afectado,( menor). En el supuesto que nos plantea, lo suyo es tratar de llegar a un acuerdo con el Club, en beneficio del desarrollo del menor, para que le concedan la baja de muto acuerdo. Ahora bien, si considera que el menor está recibiendo un trato discriminatorio, inapropiado o perjudicial, debe presentar una queja por escrito a la Federación Interinsular de Fútbol de su Isla, y si ésta, no le da una solución a su problema, puede dirigir una queja al Diputado del Común.
Ruego me informen de a qué autoridad o Administración puedo dirigirme para solicitar la creación de una lista de morosos en el pago de viviendas de alquiler. Hace tiempo que existe la lista de morosos del RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas), que mayormente protege a grandes empresas; sin embargo, los juicios verbales por deshaucios se multiplican cada año, perjudicando a arrendadores e incrementando el gasto público en la Administración de Justicia innecesariamente. El arrendatario que ve lo fácil que es burlar la mano de la Justicia, basta con no tener bienes o con no estar dado de alta en la Seguridad Social; repiten su conducta ilegal; perjudicando a sucesivos arrendadores, y dando lugar a más procedimientos judiciales, no sólo verbales por deshaucio, también juicios de faltas si el arrendador corta suministros de agua o luz; procedimientos que por cierto se tramitan con una celeridad increible al lado de la tramitación de un juicio verbal por deshaucio.
Agradezco de antemano su información.
Enviada por
Anónimo
(Gran Canaria)
el 20/12/2011
En relación a la consulta por usted planteada en cuanto la Administración a la cual dirigirse para la creación de un fichero de inquilinos morosos, le comunicamos que tal y como se establece en el art. 26 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter Personal, “toda persona que quiera crear un fichero de datos de carácter personal, como es un registro de morosos, lo deberá notificar previamente a la Agencia de Protección de Datos”. Puede dirigirse a través de su página Web: www.agpd.es
El día 8 de julio del 2011 solicité al Cabildo de Gran Canaria un certificado donde se recogieran las actividades que realizaba cuando era becaria en uno de sus museos. Tras varias llamadas al departamento de Cultura del Cabildo y al mismo museo solicitando el certificado, el pasado día viernes me dice la responsable del departamento de museos que ellos no lo tienen y no me van a hacer ningún duplicado, que ellos hacen los documentos una sola vez y que hable con el museo para que lo busquen. El museo, por su parte, tampoco sabe nada sobre su paradero. ¿Dónde puedo hacer la reclamación oportuna ya que en todo este asunto la única perjudicada soy yo? gracias.
Enviada por
Anónimo
(Gran Canaria)
el 17/12/2011
A la vista de la consulta formulada, tiene Usted derecho a recibir respuesta del Cabildo de Gran Canaria sobre las solicitud de certificado como becaria por lo que, si lo desea, puede interponer una Queja formal ante el Diputado del Común, aportando todos los documentos relativos al asunto sobre el que reclama. En este caso, se procederá a dar trámite a la misma a fin de realizar las gestiones y actos de supervisión de la actividad del Cabildo de Gran Canaria en el caso que nos plantea.