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¿Hasta que punto es legal que una empresa pública de cobros municipales, cobre intereses sobre deuda, aún cuando no responde reclamación años, intereses de demora su responsabilidad? ¿Cómo es que no esté acogida al arbitraje de Consumo?.
Preso casi 2 años preventivo sin juicio le piden firmar 2 años mas es legal se puede negar
El auto en el que se acuerde dicha prórroga es susceptible de recurso de apelación, por lo que, a tal efecto, deberá, en su caso, consultar con el abogado que le represente.
Si se han vulnerado mis derechos durante mi estancia hospitalaria, ¿de qué tiempo dispongo para poner una queja desde que ocurrieron los hechos? ¿Cuál es la normativa que regula la tramitación de quejas en el ámbito sanitario?
Por otro lado, la actual Ley del Diputado del Común no establece un plazo para la presentación de quejas desde que ocurrieron los hechos. En la práctica, no se inadmiten quejas por razón de plazo, excepto en aquellos casos en que el transcurso excesivo de tiempo convierte en inviable la intervención del Diputado del Común.
Puede un preso estar mas de dos años en preventiva y no ver movimiento del abogado de oficio no se le informa debidamente.
Sobre la falta de información por parte de su abogado, deberá dirigirse al Colegio de Abogados al que éste pertenezca a fin de hacer constar su queja. Si habiéndola formulado no recibiese respuesta, puede acudir a nosotros aportando copia de dicha reclamación.
Quisiera saber si unas ordenanzas municipales pueden ser recurridas después de aprobadas y cual sería el cauce para hacerlo. Por diversas circunstancias se venció el plazo sin alegaciones y ya se han publicado en el BOP. Muchas gracias.
Contra los actos y acuerdos de las entidades locales que pongan fin a la vía administrativa, los interesados podrán ejercer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición.
El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso (...).
CONCLUSIÓN:
Frente a las Ordenanzas locales resulta admisible el recurso contencioso-administrativo directo, con arreglo a las normas generales del proceso administrativo, si bien habrá de tenerse en cuenta el plazo que ha transcurrido desde que la citada ordenanza entró en vigor.
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